Los extranjeros comunitarios que quieran vivir en España durante más de 90 días deberán solicitar el Certificado de Registro de Ciudadanos de la UE, o el permiso de Residencia en el caso de los no comunitarios. Sea como sea, en ambas situaciones es indispensable disponer de un seguro de salud para extranjeros.
Tal y como señala el Código Nacional de Extranjería, los no residentes que soliciten un visado de estancia de corta o larga duración deberán disponer de un seguro público o privado de enfermedad, cuya aseguradora esté autorizada a operar en España. En caso de que el extranjero proceda de la Unión Europa y su estancia no supere los tres meses, no será necesario realizar ningún trámite (espacio Schengen). Si no pertenece a la Unión Europa, deberá realizar ciertas gestiones y demostrar que cuenta con recursos necesarios, incluyendo un seguro de salud.